De acuerdo al artículo 2.2. de la L.O.E. (Ley de Ordenación de la Edificación – Ley 38/1999), se entienden por obras de edificación:
- Las de nueva construcción, excepto las que tengan escasa entidad constructiva y sencillez técnica, que no tengan carácter residencial ni público y que se desarrollen en una sola planta.
- Las de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica
- Las obras de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección ambiental o histórico-artística, así como las obras de intervención parcial que afecten a elementos o partes objeto de protección.
Todas estas obras, necesitan de un técnico habilitado y competente que desarrolle un proyecto adecuado, necesario para obtener la licencia municipal de obras (art. 10 de la LOE). En Neoglobal disponemos de arquitectos proyectistas convenientemente preparados para realizar el proyecto completo de su vivienda, su oficina, su negocio, etc. Redactamos el proyecto básico y de ejecución atendiendo a las necesidades, programa, requisitos y gustos del cliente, combinándolos con la técnica, normativas de obligado cumplimiento, conocimientos y saber hacer propios de nuestra formación y experiencia como profesionales, de manera que el objetivo se pueda materializar.
Contamos con experiencia en la realización de proyectos de obra nueva de diversa índole: proyectos de vivienda, oficinas, restaurantes, aparcamientos, locales comerciales, instalaciones deportivas, instituciones educativas… También realizamos desde reformas integrales hasta cambio de bajantes, pasando por proyectos de mejora de la accesibilidad, reparación de fachadas y cubiertas, etc. En particular, los proyectos de edificación para los que estamos capacitados incluyen:
- Edificación residencial en todas sus formas.
- Edificación administrativa.
- Edificación para actividades educativas y científicas.
- Edificación religiosa y funeraria.
- Edificación comercial y de servicios públicos.
- Edificación agropecuaria.
- Edificación industrial y de almacenaje.
- Edificación del transporte.
- Edificación sanitaria y de bienestar social.
- Edificación deportiva y recreativa.
- Edificación para actividades culturales, comunitarias y profesionales.
- Edificación para actividades informativas.
- Edificación de arquitectura flotante y subterránea.
- Obras civiles de construcción en general, incluidas o no en proyectos de urbanización, tales como servicios urbanos: calles, aceras, iluminación, redes de distribución, jardinería, etc., construcciones hidráulicas para alumbramiento y abastecimiento de agua de las poblaciones, alcantarillado obras de saneamiento, caminos vecinales y de utilidad privada: puentes, embalses, canales, acequias y brazales de riego de servicio particular y acondicionamiento urbano del subsuelo.
Las fases habituales para llevar a cabo un proyecto de edificación se encuentran descritas en el siguiente enlace.
La construcción de edificios, la realización de las obras que en ellos se ejecuten, y su ocupación precisará las preceptivas licencias y demás autorizaciones administrativas procedentes, de conformidad con la normativa municipal, autonómica y estatal que sea aplicable.
Más allá de la fase de proyecto, durante la ejecución de la obra es necesario la presencia de la Dirección Facultativa, que dirija el desarrollo de las obras. La Dirección Facultativa comprende al técnico Director de Obra – D.O. (art. 12 L.O.E.) y al técnico Director de Ejecución de Obra – D.E.O. (art. 13. L.O.E.):
- El Director de Obra es el agente que, formando parte de dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y además autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.
- El Director de Ejecución de Obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.
Si es usted un auto-promotor que está pensando en construirse una vivienda en un solar de su propiedad, le recomendamos leer la información práctica publicada en el siguiente enlace. No obstante, recuerde siempre que su arquitecto es la persona más adecuada para asesorarle y solucionarle sus dudas para su caso concreto. En Neoglobal estaremos encantados de ayudarle.
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